El Gobierno autoriza subvenciones directas para inversiones en el Campo de Gibraltar
Publicado en el BOE, el real decreto concede ayudas nominativas a la Mancomunidad para obras en agua, residuos, digitalización y equipamientos
El Real Decreto 732/2026, fechado el 16 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 17 de septiembre de 2026, regula la concesión directa de subvenciones nominativas para financiar inversiones en los municipios de la comarca del Campo de Gibraltar. La norma establece que la beneficiaria será la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y delimita los tipos de actuaciones subvencionables, los plazos de ejecución y de justificación, así como las obligaciones de la entidad receptora.
Qué cambia y por qué
El real decreto autoriza, con carácter excepcional, la concesión directa de ayudas sin procedimiento de concurrencia competitiva, amparándose en el artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones. La decisión se justifica por la singularidad geoestratégica de la comarca —puerta de Europa hacia el continente africano y bisagra entre espacios marítimos mediterráneo y atlántico—, por su alta densidad de población (más de 270.000 habitantes) y por la situación de las reservas hídricas en la zona.
La norma subraya la necesidad de mantener en 2026 el nivel de inversión alcanzado en años anteriores para mejorar servicios públicos y atender necesidades inaplazables. El real decreto se emite con referencia a principios de buena regulación y seguridad jurídica previstos en la normativa administrativa y de subvenciones, y señala que la concesión directa se considera el instrumento más adecuado para la consecución de los fines perseguidos.
Destinatarios y actuaciones subvencionables
La única entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas es la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, por su naturaleza y ámbito de actuación, que la norma identifica como la única capacitada para ejecutar las inversiones previstas. El real decreto especifica que las ayudas financiarán, entre otras, las siguientes inversiones:
- Infraestructuras del ciclo integral del agua.
- Infraestructuras para la gestión de residuos urbanos.
- Actuaciones en digitalización e infraestructuras corporativas.
- Equipamientos municipales.
La Mancomunidad aprobó el 1 de junio de 2026 una memoria de actuaciones que detalla las inversiones subvencionables, su cuantía, el plazo de ejecución y el reparto de la subvención entre los municipios, memoria que servirá para valorar la ejecución y la concurrencia de otras ayudas.
El texto recuerda además que, desde la aprobación del Plan para el Campo de Gibraltar (acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018), se han previsto en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado subvenciones nominativas por importe de 7.300.000 euros destinadas a actuaciones en la comarca y que se han formalizado convenios con la Mancomunidad y los ayuntamientos afectados.
Tramitación, plazos y obligaciones
La concesión se instrumentará mediante la firma de convenios entre el Ministerio de Hacienda, la Mancomunidad y cada uno de los ayuntamientos integrados en ella. Los convenios recogerán, conforme a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, el objeto y compromisos, las actuaciones subvencionables, el crédito y la cuantía, el pago, el plazo de ejecución y la forma de justificación, así como el órgano competente para el seguimiento.
Las inversiones objeto de subvención deberán ejecutarse antes de finalizar el ejercicio 2027. La justificación por parte de la entidad beneficiaria se realizará mediante la presentación de la correspondiente cuenta justificativa antes del 1 de abril de 2028, según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Subvenciones.
Antes de la formalización de los convenios y del pago, la Mancomunidad deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en los artículos 18 a 29 de su Reglamento. La entidad estará sujeta a las obligaciones generales de las subvenciones, entre ellas la conservación de los documentos justificativos y la sometida a las actuaciones de comprobación del órgano concedente, así como a los controles financieros de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.
Finalmente, las subvenciones serán objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y tanto el real decreto como los convenios que instrumenten las ayudas serán publicados en el Boletín Oficial del Estado y en la citada base de datos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-19328).
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