Este viernes 11 de abril comienza a implementarse el Requisito de Registro de Extranjeros, un lineamiento del Departamento de Seguridad Nacional que exige que millones de personas indocumentadas que viven en Estados Unidos se inscriban en un registro online en la web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por su sigla en inglés) bajo amenaza de persecución penal.
A pesar de que varias organizaciones entablaron una demanda para impedir la entrada en vigor del registro argumentando, entre otras cosas, que la inscripción proporcionaría datos al Gobierno para su expulsión, ayer un juez federal permitió que la Administración del presidente, Donald Trump, siguiera adelante con esta iniciativa. La medida afectaría a entre 2.2 y 3.2 millones de extranjeros, según el Departamento de Seguridad Nacional.
Esto es lo que sabemos sobre esa iniciativa, según la información que ya está disponible en el sitio oficial del USCIS:
¿Quiénes deben registrarse?
USCIS establece que todos los extranjeros de 14 años o más que no se hayan registrado ni se les hayan tomado las huellas dactilares (si es necesario) al solicitar un visado para entrar en Estados Unidos y que permanezcan en el país durante 30 días o más deben registrarse antes de que expiren esos 30 días.
Todas las personas que se registren tendrán que facilitar sus huellas dactilares y su dirección.
Los padres o tutores legales de extranjeros menores de 14 años deben solicitar el registro de esos menores «que no hayan sido registrados y permanezcan en Estados Unidos durante 30 días o más, antes de la expiración de esos 30 días. Además, cualquier extranjero, registrado previamente o no, que cumpla 14 años en los Estados Unidos, dentro de los 30 días siguientes a su cumpleaños.
Cualquier persona «que no haya solicitado una visa al Departamento de Estado, que no haya recibido uno de los documentos designados como comprobante de registro según el Título 8 del Código de Reglamentos Federales […], o que no haya presentado uno de los formularios designados en el Título 8 […] ni haya proporcionado huellas dactilares (a menos que se le exima de ello) no está registrada” debe inscribirse en el registro.
Esto también implica a todas las personas inmigrantes sin un documento de revisión de autoridades, incluso de la agencia de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por su sigla en inglés) o de la agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). También están incluidos los inmigrantes que no tengan beneficios migratorios de USCIS, bien sea de asilo, DACA o Estatus de Protección Temporal.
Deben registrarse “los extranjeros presentes en Estados Unidos sin inspección y admisión o inspección y libertad condicional que no se hayan registrado de otra manera (es decir, extranjeros que cruzaron la frontera ilegalmente)”, especifica USCIS.
También deben hacerlo los visitantes canadienses, quienes hayan ingresado por puertos de entrada, pero “no se les emitió comprobante de registro”.
Y también llos extranjeros que presentaron una o más solicitudes de beneficios al USCIS no enumeradas en el Título 8 del CFR 264.1(a), incluyendo solicitudes de acción diferida o Estatus de Protección Temporal a quienes no se les emitió comprobante de registro según el Título 8 del CFR 264.1(b).
¿Cómo se hace el registro?
La información detallada de todo el proceso está disponible en la web de USCIS, pero estos son los pasos principales:
- Crear una cuenta en línea del USCIS. Para registrarse, primero debe crear su perfil de usuario en USCIS. Cada extranjero que presente el Formulario G-325R (un documento que los extranjeros deben completar para proporcionar información personal y cumplir con el requisito de toma de huellas dactilares) debe tener su propia cuenta en línea del USCIS. Esto incluye a los extranjeros menores de 14 años, y sus perfiles deben ser creados por los padres o tutores legales.
- Presentar el Formulario G-325R. Una vez que haya creado su cuenta en línea deben rellenar una versión electrónica del Formulario G-325R que debe presentarse en línea.
- Revisión del Formulario G-325R por el USCIS. Una vez que haya presentado el Formulario G-325R, USCIS revisará la información que ha proporcionado y cualquier registro del DHS que esté disponible sobre usted. Si parece que usted ya ha cumplido con los requisitos de inscripción de alguna otra manera y no necesita presentar el Formulario G-325R, USCIS le notificará que ya ha cumplido con el requisito de inscripción.
- Acudir a la cita para dar los datos biométricos. Si usted está obligado a registrarse y proporcionar datos biométricos, USCIS le programará una cita para servicios biométricos en uno de nuestros Centros de Apoyo de Solicitudes. Si usted se niega a asistir a su cita de servicios biométricos (si se requiere), se puede determinar que usted no se ha registrado bajo INA 266(a), 8 U.S.C. 1306(a), y puede resultar en sanciones penales.
- Recibir la documentación de inscripción. Una vez que se haya inscrito y haya proporcionado sus datos biométricos (si es necesario), se publicará una notificación que proporciona la prueba de su inscripción en su cuenta en línea del USCIS. En su cuenta en línea del USCIS, se le permitirá descargar una versión en PDF del aviso y podrá imprimirlo.
USCIS advierte que cualquier extranjero que intencionadamente «no solicite o se niegue a solicitar el registro o a que se le tomen las huellas dactilares (si es necesario)», será culpable de un delito menor y, en caso de condena, «se le impondrá una multa no superior a 5,000 dólares o una pena de prisión no superior a seis meses, o ambas cosas».
¿Qué pasa si debe inscribirse pero no lo hace?
Las personas de 14 años en adelante (apoyados por un padre o tutor) y todos todos los extranjeros de 18 años de edad o más deberán registrarse, de lo contrario el DHS impondrá sanciones, desde persecución judicial hasta multas.
“Aquellos que se registren utilizando este nuevo proceso, deben llevar consigo y tener en su posesión en todo momento evidencia de su registro”, se advierte.
Si un agente de CBP, ICE y otro que el Departamento de Seguridad Nacional autorice para revisión pregunta a una persona sobre su comprobante de registro y ese extranjero no lo muestra, entonces “será culpable de un delito menor y, una vez condenado, se le impondrá por cada ofensa una multa que no sobrepasará $5,000 o será encarcelado por un máximo de 30 días, o ambos», se advierte.
Además, las personas deberán reportar su cambio de dirección, 10 días máximo tras realizar la mudanza, a través del sistema de USCIS, si quiere evitar tener sanciones.
En un comunicado sobre el registro emitido hoy, la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, declaró: “Trump y yo tenemos un mensaje claro para quienes están en nuestro país sin documentos: váyanse ya. Si se van ahora, podrían tener la oportunidad de regresar, disfrutar de nuestra libertad y vivir el sueño americano”.
La ley federal exige desde hace tiempo que las personas que no son ciudadanos estadounidenses y viven en el país, incluidas las que están en el país ilegalmente, se registren en el Gobierno. Esas leyes se remontan a la Ley de Registro de Extranjeros de 1940, que surgió en medio del creciente temor a los inmigrantes en los primeros días de la II Guerra Mundial. Los requisitos actuales se derivan de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952.
La Administración Trump ha argumentado que el requisito de registro siempre ha existido y que los funcionarios simplemente lo están aplicando para todos ahora.
Si quieres recibir en tu celular esta y otras informaciones, descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/albertorodnews y dale clic a +Unirme.